INCOTERMS
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Conjunto de términos comerciales de uso internacional, creados por la ICC (Cámara de Comercio Internacional) en el año 1936, y que son revisadas cuando las prácticas comerciales internacionales cambian, habitualmente cada 10 años. Ultima modificación realizada el año 2010.
Las reglas Incoterms delimitan la responsabilidad entre vendedor y comprador en cuanto a la entrega de las Son herramientas esenciales en las negociaciones de los contratos internacionales, ya que definen las obligaciones del vendedor y del comprador en relación a la entrega, transferencia de riesgos, carga de mercancías, despacho de la exportación e importación y realización de contratos de transporte. Es fundamental comprender las principales características para elegir la regla más adecuada en base al tipo de mercancía, el tipo de transporte y en particular si se decide incluir obligaciones adicionales, por ejemplo, en materia de transporte o de seguros. |
Clasificación de los INCOTERMS 2010 |
El vendedor realiza la entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador en las instalaciones del vendedor o en otro lugar designado (Taller, Fabrica, Almacén, Etc.). El vendedor no tiene que cargar la mercancía en ningún vehículo de recogida, ni tiene que despacharla para la exportación. EXW representa la mínima obligación para el vendedor
El vendedor entrega la mercancía al porteador o a otra persona designada por el comprador en las instalaciones de la empresa vendedora o en otro lugar designado FCA exige que el vendedor despache las mercancías para la exportación, cuando sea aplicable.
El vendedor entrega la mercancía al porteador o a otra persona designada por el vendedor en el lugar acordado, y que el vendedor debe contratar y pagar los costos del transporte necesarios para llevar la mercancía hasta el lugar de destino designado. Cuando se utiliza CPT, CIP, CFR o CIF, la empresa vendedora cumple con su obligación de entrega cuando pone la mercancía en poder del porteador y no cuando la mercancía llega al lugar de destino. Esta regla tiene dos puntos críticos porque el riesgo se transmite y los costos se transfieren en lugares diferentes
El vendedor entrega la mercancía al porteador o a otra persona designada por el vendedor en el lugar acordado, y que el vendedor debe contratar y pagar los costos del transporte y seguro necesarios para llevar la mercancía hasta el lugar de destino designado. Se debe observar que la obligación del vendedor es obtener el seguro sólo con una cobertura mínima.
El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía, una vez descargada del medio de transporte de llegada, se pone a disposición del comprador en el terminal designado en el puerto o lugar de destino, cubierto o no, como un muelle, almacén, estación de contenedores o terminal de carretera, ferroviaria o aérea.
El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía se pone a disposición del comprador en el medio de transporte de llegada preparada para la descarga en el lugar de destino designado.
El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía se coloca al costado del buque en el Puerto de embarque designado. La entrega se realiza en el muelle o en el sitio destinado por la Cía. Naviera para stacking del embarque.
El vendedor realiza la entrega de la mercancía a bordo del buque designado por el comprador en el puerto de embarque.
El vendedor realiza la entrega de la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque, debiendo además contratar y pagar el valor flete internacional hasta el puerto de destino designado. El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando pone la mercancía a bordo del buque y no cuando llega al lugar de destino.
El vendedor realiza la entrega de la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque, debiendo además contratar y pagar el valor flete internacional y del seguro hasta el puerto de destino designado. Se debe observar que la obligación del vendedor es obtener el seguro sólo con una cobertura mínima. El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando pone la mercancía a bordo del buque y no cuando llega al lugar de destino.